Naturaleza y regulación del permiso y licencia por puntos

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

El permiso y licencia por puntos es un sistema que establece el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (TRLTSV) para la vigencia de las autorizaciones administrativas que, de manera preceptiva y previa, se exigen para la conducción de vehículos a motor y ciclomotores ( arts. 61 a 65 TRLTSV ).

A continuación se contemplan la naturaleza y regulación del permiso y licencia por puntos.

Contenido
  • 1 Regulación del permiso y licencia por puntos en materia de tráfico y seguridad vial
  • 2 Carácter reeducador del permiso y licencia de conducción por puntos
  • 3 Efecto punitivo del permiso y licencia de conducción por puntos
  • 4 Naturaleza jurídica del sistema del permiso de conducción por puntos
    • 4.1 Objetivos de la Ley sobre el sistema del permiso de conducción por puntos
    • 4.2 Consecuencias de la Ley sobre el sistema del permiso de conducción por puntos
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En formularios
    • 6.2 En doctrina
    • 6.3 En dosieres legislativos
    • 6.4 Esquemas procesales
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
  • 9 Jurisprudencia citada
Regulación del permiso y licencia por puntos en materia de tráfico y seguridad vial

El TRLTSV establece un sistema para el mantenimiento (vigencia) de las autorizaciones administrativas que, de manera preceptiva y previa, se exigen para la conducción de vehículos a motor y ciclomotores.

Así, el art. 61.3 TRLTSV establece que la vigencia del permiso o la licencia de conducción estará condicionada a que su titular no haya perdido su asignación total de puntos.

Esta regulación, junto con el sistema de pérdida de vigencia de la autorización por pérdida de la totalidad de los puntos del art. 71 y 72 TRLTSV , fue introducida por la Ley 17/2005, de 19 de julio , por la que, de manera específica, se regulaba el permiso y la licencia de conducción por puntos y, en este sentido, se modificaba en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

La Exposición de Motivos de la Ley 17/2005, de 19 de julio establecía que el objetivo de esa nueva regulación era establecer un sistema que ha dado en denominarse «permiso y licencia de conducción por puntos», sistema que tendría como objeto, actuaría (incidiría), las autorizaciones administrativas para conducir, mediante la combinación de dos elementos esenciales: su carácter eminentemente reeducador y su efecto punitivo.

Carácter reeducador del permiso y licencia de conducción por puntos

La Ley 17/2005, de 19 de julio argumenta, como primer elemento de este régimen normativo, el establecimiento de un sistema con un “carácter eminentemente reeducador”.

Se crea un sistema que tiene como misión u objetivo esencial “modificar los comportamientos infractores”, de manera que aquellos conductores que pierdan su autorización para conducir podrán recuperar su permiso o licencia mediante la realización de cursos de sensibilización y reeducación vial.

El sistema parte de una premisa y es que, tal y como se configura el permiso o licencia de conducción por puntos, la pérdida de la autorización que habilita para conducir se produce por la comisión de varias infracciones a lo largo de tiempo, lo que sitúa en el punto de mira del sistema a los conductores de forma continuada las normas más trascedentes (las calificadas como infracciones graves y muy graves ), es decir, los multirreincidentes.

El sistema va a permitir acceder a esos cursos tanto a los conductores que se hayan quedado sin su autorización para conducir por haber perdido todos los puntos como a aquellos que manteniendo vigente la autorización quieran recuperar una parte de ese saldo de puntos.

Efecto punitivo del permiso y licencia de conducción por puntos

El segundo elemento sobre el que la Ley 17/2005, de 19 de julio pretende establecer el sistema del permiso o licencia de conducción por puntos es su efecto punitivo, es decir, como castigo.

Los “puntos”, como saldo positivo que se entrega al conductor (al titular de una autorización que permite conducir) son, según señala la Exposición de Motivos de la Ley 17/2005, de 19 de julio , el reflejo del nivel de confianza que como tal conductor le otorga la sociedad en un momento dado y cuya pérdida, a su vez, señala el reproche que tales conductas merecen, derivado y con un claro sustento en la reiterada comisión de infracciones .

Pero en esa misma Exposición de Motivos se señala:

No se trata, por otro lado, de idear una doble penalización para unos mismos hechos, las infracciones de tráfico, pues éstas seguirán siendo, con independencia del sistema por puntos, objeto del correspondiente procedimiento sancionador autónomo .

Si estando claro que la detracción de puntos es una que se asocia a la comisión de las conductas más graves, a determinadas infracciones de las calificadas por el TRLTSV como muy graves y graves , los términos en los que se encuentran redactados los diferentes preceptos que regulan el permiso y la licencia de conducción por puntos y la explicación que, de ese sistema, se realizó en la norma que modificaba la LTSV (la Exposición...

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